La intervención por represamiento de arroyos se dio por las denuncias recibidas por parte de ciudadanos preocupados por la situación. Las autoridades municipales se hicieron presente para la verificación en el curso hídrico de la compañía Chololó y Capilla Cué, respectivamente.
Las autoridades que acompañaron este procedimiento fueron los concejales Miguel Benítez (ANR), Juan Zalazar (ANR) y Rubén González (ANR). El intendente municipal Blas Manuel Gini (PLRA) encabezó la verificación del represado de las aguas de los arroyos en la mencionada zona. También acompañó la secretaria de Higiene, Salubridad y Medio Ambiente, Liza Galeano Arenas.
El arroyo Chololó principalmente es el que sufre varios represamientos a lo largo de su cauce.
Tras verificar el estado de los represamientos que interrumpen el cauce hídrico a lo largo de su recorrido sin autorización municipal; las autoridades conversaron con los propietarios. Mencionando el procedimiento correcto a los propietarios de los establecimientos afectados, se les comunicó las faltas que violan la normativa ambiental.
La intervención por represamiento de arroyos puede darse nuevamente ya que la mayoría de los cauces hídricos de la ciudad presentan esta misma situación.
Lo que dice la ley sobre represamiento de arroyos
Las prohibiciones sobre represamientos están estipuladas y condenadas en la Ley 716 de delitos Ecológicos. El MADES es la institución, conjuntamente con el Ministerio Publico (fiscalía del Ambiente), responsable en fiscalizar el cumplimiento de esta normativa.
Ambas instituciones pueden recibir las denuncias sobre represamientos. En caso de inacción municipal, actúa de oficio la Fiscalía, por ser una acción punitiva. Los municipios también son pasibles de sanciones por incumplimiento de sus deberes, según las leyes del ambiente.
Permanentemente también los fiscalizadores del MADES y del Ministerio Público concurren a los sitios donde persiste el represamiento para ordenar el retiro del mismo y facilitar el cauce natural de los recursos hídricos.